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Areas de Certificación | Campo regulado

Certificación de autopartes de seguridad

La ley Nº 24.449 establece que todo componente o pieza destinada a repuestos de vehículos automotores, acoplados o semiacoplados, definidos como “autopartes de seguridad”, que se fabriquen en el país o se importen, para poder comercializarse en el mercado de reposición exclusivamente, deben cumplir las condiciones de seguridad según lo establecido en la Resolución 91/2001. Para ello deben estar certificadas como repuesto no original según Decreto 779/95.
Posterior a la certificación, deberá tramitar el C.H.A.S (Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad) en la oficina pertinente de INTI.

Para mayor información, comunicarse con
cartamil@inti.gob.ar

Proceso de certificación

Documentación necesaria para iniciar el proceso de certificación
Formulario de solicitud de certificación de autopartes (DOC)
Formulario de solicitud de certificación de neumáticos (DOC)


Certificados

Certificados de Autopartes de seguridad (PDF)

Documentación vigente

Resolución 66/2008 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Resolución 91/2001 de la Secretaría de Industría