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La ley N° 24.449 junto con el Decreto 779/95, establecidos
para proteger la seguridad de los consumidores argentinos, designan
a la Secretaría de Industria para establecer un sistema de
Certificación de Homologación de Autopartes de Seguridad
(C.H.A.S.) para todo componente o pieza destinada a repuestos de
vehículos automotores, acoplados o semiacoplados que se fabriquen
o importen en el país para el mercado de reposición.
Dado que los consumidores tienen conocimiento imperfecto sobre las
condiciones de seguridad de los productos que compran, el gobierno
argentino ha decidido regular el mercado a fin de proteger la vida
humana y evitar que se vendan piezas en el mercado de reposición
automotriz con un estándar de calidad inferior al mínimo
requerido, pudiendo ocasionar un accidente.
La Secretaría de Industria dictó la Resolución
91/2001, que regula el mercado de reposición de autopartes
de seguridad para vehículos automotores, acoplados o semiacoplados.
Su espíritu es el de buscar la regulación menos restrictiva
para el mercado de autopartes de reposición argentino compatible
con proteger la seguridad de los consumidores argentinos de autopartes
de seguridad.
El sistema generado a partir de la Resolución 91/2001 es
que toda autoparte que se comercialice en el país deberá
demostrar que cumple con normas de seguridad activa y pasiva estrictas.
Para los productores nacionales esto implica presentar certificados
de cumplimiento con las normas IRAM específicas. Las autopartes
importadas los mismos certificados IRAM o certificados de adecuación
a las normas internacionales del sistema TRANS/ WP29/ 349. Actualmente
la demostración de cumplimiento de las normas de seguridad
debe efectuarse ante el Instituto Nacional de Tecnología
Industrial (INTI).
A partir de ese momento el consumidor argentino cuenta con el C.H.A.S.
para saber que las autopartes de seguridad que compra en el mercado
de reposición son confiables y cumplen con un estándar
de calidad internacional.
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