Municipalidad de Malargüe
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
RESOLUCIÓN Nº 100/2007
VISTO: La convocatoria publicada bajo el rótulo de “Asamblea por el Agua Pura”,
Y CONSIDERANDO: Que la organización de la misma estuvo a cargo del Instituto Argentino de Investigaciones Espeleológicas (INAE) y fue llevada a cabo el sábado 19 de mayo próximo pasado en las instalaciones de la Escuela Rufino Ortega.
Que la invitación para que la comunidad participara fue llevada por la Asamblea Mendocina por Agua Pura (AMPAP).
Que como iniciativa darían respuesta a los mendocinos a la conservación de las fuentes de agua en la Provincia.
Que prometían presentar un Plan de Acción incluyendo actividades de información científica y jurídica y una congregación popular, pacífica y democrática, con la finalidad de que los movimientos sociales y ambientales coincidan en un espacio de trabajo participativo.
Que concurrieron representantes de distintas organizaciones ambientalistas desde los Departamentos de San Rafael, Gral. Alvear, San Carlos, Godoy Cruz y Mendoza.
Que desde el Departamento, también estuvieron representadas instituciones del medio.
Que alumnos de la Escuela de Líderes asistieron al llamado.
Que el tema propuesto sobre el agua nunca fue abordado, interponiéndose un marcado no a la actividad minera en toda su integridad.
Que la mala educación y el desconocimiento del buen diálogo se puso de manifiesto a lo largo de las cuatro horas de reunión.
Que el desorden de las opiniones, los conceptos sobre el pasado minero del Departamento y la desprolijidad en su conjunto, primaron todo el tiempo.
Que manifestarse sobre el particular es el propósito.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Repudiar todo tipo de convocatoria a reuniones provenientes de Organizaciones que defienden ideas a ultranza, deteriorando el sistema democrático de libres ideas con fundamentos palpables que favorecen al crecimiento integral de los pueblos y sus comunidades.
ARTÍCULO 2º: Proveer, que de realizarse en el futuro este tipo de reuniones deberá el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, conocer los contenidos y fines de los temas propuestos.
ARTÍCULO 3º: elevar copia de la presente pieza legal al Instituto Argentino de Investigaciones Espeleológicas (INAE); a la Asamblea Mendocina por Agua Pura (AMPAP) y Medios de comunicación orales y escritos del Departamento.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TERINTA Y UN DÍAS DE MAYO DE DOS MIL SIETE
Blanca Carolina Páez, secretaria
Rodolfo Anibal Cabeza, Presidente
Concejo Deliberante MARGÜE – MENDOZA |